Ley 176-07 Artículo 319.- Documentación Anexa al Presupuesto.
Al presupuesto se unirán como anexos:
a) Los planes y programas de inversión y financiación que, para un plazo de cuatro años y los
planes operativos anuales podrán formular los ayuntamientos al inicio de la gestión.
b) Los programas anuales de actuación, inversiones y financiación de las sociedades mercantiles de cuyo capital social sea titular único o partícipe mayoritario el municipio.
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